La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo establece un gran número de medidas para tratar de evitar que el dinero procedente de actividades ilícitas se "lave" dentro del circuito financiero.
Esta norma fijaba un periodo de 5 años para que los bancos y entidades de crédito cumplieran con las exigencias de identificación de los clientes y recabar la información sobre las fuentes de sus ingresos. Por ello, los bancos tienen hasta finales de este mes de abril para cumplir con la norma, digitalizando los DNI de los clientes y, además, solicitando determinada documentación que permita conocer la fuente de ingresos (nóminas, recibos de autónomos, etcétera).