Los intereses usurarios de las tarjetas de crédito fácil caben en un cuerpo de letra que no supera el milímetro. O lo que es lo mismo, en la mitad de una cabeza de alfiler o en aproximadamente una cuarta parte del tamaño estándar de los caracteres en los documentos oficiales (12 puntos). Un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria, el de Primera Instancia número 7, ha condenado recientemente a la entidad financiera Wizink (antes Opencity) a expulsar del contrato la cláusula que establecía el interés remuneratorio en el 27% y a devolver, por tanto, lo cobrado por este concepto. La letra empleada en la redacción es "tan diminuta que resulta ilegible", reza el fallo.
Tanto en la copia aportada por el demandante, un pensionista de 65 años, como en la facilitada por el banco, el tamaño de las minúsculas "no excede del milímetro". Una circunstancia a la que se le suma, según recoge el juez en una sentencia que aún no es firme, la "falta de contraste con el fondo" y su redacción "de forma abigarrada en líneas seguidas sin diferenciación alguna en párrafos o apartados seguidos de forma continuada", sobre todo los referidos a la eventual carga financiera que el préstamo supone en este tipo de tarjetas de crédito, las llamadas ‘revolving’.
El afectado contrató esta tarjeta después de que una agente comercial lo abordara en el aeropuerto de Gran Canaria mientras esperaba para embarcar en un avión con destino a Tenerife. "Estaba sentado, mirando el móvil, y se me acercó con un portátil. Me ofreció una tarjeta y me lo puso todo bonito, todo lo que me contaba era positivo. Yo estaba pasando por un mal momento, por una crisis económica, con mi hijo en paro, y la acepté", recuerda este ciudadano, que prefiere no revelar su identidad. "Pasado algún tiempo, empecé a hacer algunas compras, pequeñas cosas para ir saliendo adelante, y me di cuenta de que cuanto más pagaba, más debía", explica.
Este tipo de tarjetas de préstamo fácil se comercializa en grandes superficies con el gancho de la disponibilidad inmediata de los fondos y la ausencia de requisitos para su concesión. La entidad, que no comprueba la capacidad de pago del prestatario, permite a través de estos créditos financiar pagos de consumo hasta un determinado límite (un máximo de 6.000 euros) y aplazar los abonos en cómodas cuotas. Sin embargo, hay trampa. Las financieras comercializadoras fijan unos intereses desproporcionados que acaban por ahogar a los titulares de la tarjeta. Las cuotas comienzan a incrementarse, el capital no se reduce porque solo se pagan intereses y la deuda engorda. Entonces llega la presión a través de las llamadas telefónicas para reclamar los pagos.