Con el anteproyecto de ley de contratos de crédito al consumo -aprobado recientemente por el Consejo de Ministros- se transpone la Directiva europea relativa a los créditos al consumo y la Directiva relativa a los contratos de servicios financieros a distancia y, con él, se actualizan las normas que regulan los créditos al consumo, entre los que se encuentran los microcréditos, las tarjetas revolving o los préstamos rápidos en plataformas digitales; productos que actualmente tienen unos costes muy elevados.
Entre las novedades, destacan la introducción de medidas de limitación de los tipos de interés con el objetivo de proteger financieramente a las personas consumidoras y prevenir su sobrendeudamiento. Además, se refuerzan algunas de las obligaciones ya existentes como las relativas a la comprobación de la solvencia del cliente que deberá realizarse en interés del consumidor, a fin de prevenir las prácticas de préstamo irresponsables y el endeudamiento excesivo. No obstante, la evaluación de solvencia no podrá basarse exclusivamente en el historial crediticio del consumidor.